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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se ha comprometido a hacer accesible su sitio web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público. 

La presente declaración de accesibilidad se aplica a https://www.aepd.es/ 

Situación de cumplimiento 

Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación. 

Contenido no accesible 

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por los siguientes motivos: 

No aplica. 

No aplica. 

No aplica. 

Preparación de la presente declaración de accesibilidad 

La presente declaración fue preparada el 27 de septiembre de 2023. 

El método empleado para preparar la declaración ha sido una evaluación experta en profundidad llevada a cabo por un auditor externo. 

Última revisión de la declaración: 15 de septiembre 2023 

Observaciones y datos de contacto 

Comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad 

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del Real Decreto 1112/2018 como, por ejemplo: 

A través del formulario de contacto sobre requisitos de accesibilidad designado a tal efecto en la sede electrónica de la Agencia. 

Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad de la Subdirección General de Promoción y Autorizaciones. 

Solicitudes de información accesible y quejas 

A través del formulario de solicitudes de información accesible y de quejas en materia de quejas de accesibilidad, puede presentar una solicitud de información de accesibilidad relativa a: 

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y peticiones que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima. 

Procedimiento de aplicación 

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5 del RD 1112/2018, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta. 

La reclamación puede ser presentada través de este Reclamaciones en el Registro electrónico AEPD así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Contenido opcional 

La accesibilidad del portal se ha tenido presente de forma integral en el proceso de diseño, gestión, mantenimiento y actualización de contenidos. 

Este sitio web aplica los requisitos de la Norma UNE-EN 301549:2022 considerando las excepciones del RD 1112/2018. 

La última revisión de accesibilidad se ha realizado en septiembre 2023. 

Compatibilidad 

El sitio web: 

Además, se realiza un trabajo continuo de auditoría y revisión de contenidos para facilitar su interpretación y mejorar la navegación por el portal web.